Noticias 4º trimestre 2019 – AÑO 2020 – ENERO
El R.D.-ley 18/2019, de 27 de diciembre, prorroga los límites para la aplicación de los regímenes de estimación objetiva y simplificado para 2020 que se rigen por lo dispuesto en el articulo 31 de la ley de IRPF, modificado por la Disposición Transitoria 32ª de la Ley, y en el artículo 122 y 124 de la ley de IVA, modificados por la Disposición Transitoria 13ª de la Ley.
Manteniendo así el límite de 250.000€
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Último trimestre del ejercicio 2019 y por tanto la preparación de las declaraciones a presentar por los empresarios/profesionales van a ser las definitivas cerrando el ciclo del año.
Este trimestre se separa en dos plazos diferenciados, el primero abarca desde el 1 al 20 de enero se presentan las declaraciones siguientes:
– Retenciones practicadas a empleados, profesionales, alquileres, según el caso modelos 111, 115 y 123. También se confeccionan sus resúmenes anuales (190,180 y 193) cuyo plazo se amplía hasta el 31 de enero presentándose vía telemática.
En este mes se presenta el modelo 184 también hasta el 31 de enero.
– Y el segundo plazo hasta el 30 de enero finaliza con la presentación de las declaraciones:
– IVA modelo 303.
– Pagos fraccionados modelo 130 o 131 (módulos).
– Resumen anual de IVA, modelo 390.
La presentación de declaraciones con resultado a ingresar se puede domiciliar en cuenta bancaria y se presenta a través de Internet (obligatorio para Personas Jurídicas) en cuyo caso los plazos anteriores pasan a ser el 15/1 y 25/1, respectivamente.